SEAG alerta de que la prórroga de la suspensión de desahucios puede reducir más la oferta de alquiler
La reciente reactivación, vía decreto, de la suspensión de desahucios para familias vulnerables hasta diciembre de 2026 ha devuelto al primer plano el debate sobre el equilibrio entre protección social y seguridad jurídica en el mercado del alquiler.
Tras la derogación en enero de la conocida como Ley Ómnibus —que incluía, entre otras medidas, la prórroga de la suspensión de lanzamientos— el Gobierno ha vuelto a activar en tiempo récord el marco del Real Decreto 11/2020, prolongando nuevamente la paralización de desahucios para inquilinos que acrediten situación de vulnerabilidad.
En esta línea, desde SEAG, Sociedad Española de Alquiler Garantizado, analizan el impacto del nuevo decreto y qué implicaciones tendrá tanto para propietarios como para el conjunto del mercado inmobiliario.
El nuevo texto mantiene la suspensión de los desahucios cuando el inquilino solicite al juzgado la paralización del lanzamiento y acredite su situación de vulnerabilidad. Será el juez quien, con la información recabada, determine si procede o no la suspensión.
Una de las principales novedades es que la medida ya no se aplicará de forma generalizada a todos los arrendadores. A partir de ahora, los propietarios que dispongan de dos inmuebles o menos quedarán fuera del ámbito de esta suspensión automática, mientras que sí afectará a quienes posean más de dos viviendas.
Asimismo, se mantiene la posibilidad de que el propio arrendador acredite su situación de vulnerabilidad económica, aportando documentación que demuestre, por ejemplo, que depende de esa renta para afrontar una hipoteca o sus gastos básicos.
En la práctica, “el procedimiento se judicializa aún más” nos explica Pedro Bretón, CEO de SEAG. “El inquilino debe instar la suspensión y el propietario puede oponerse justificando su propia situación. Esto convierte cada caso en un análisis individual, pero también prolonga la incertidumbre en los procesos” continúa.
Desde SEAG apuntan a un efecto estructural que va más allá de la medida concreta. “La reiterada prórroga de la suspensión de lanzamientos desde 2020 está influyendo en el comportamiento de los propietarios” aseguran.
En esta línea, según explican, el mensaje que percibe parte del mercado es que el riesgo jurídico se incrementa. Así, pequeños propietarios —que constituyen la base del parque de alquiler en España— optan por vender, no renovar contratos o directamente mantener sus viviendas cerradas ante el temor a procesos largos e inciertos.
El resultado es una reducción progresiva de la oferta disponible, lo que presiona al alza los precios y dificulta el acceso a la vivienda precisamente a quienes se pretende proteger.
Con todo ello, desde la entidad se insisten en que la protección de las familias vulnerables es incuestionable, pero advierte de que “la solución habitacional no puede descansar exclusivamente en el propietario privado”. El equilibrio entre protección social y garantía jurídica resulta determinante para evitar una reducción de la oferta y una mayor tensión en los precios.
SEAG subraya que el crecimiento del parque de alquiler en España requiere estabilidad normativa, incentivos adecuados y mecanismos que aporten confianza a quienes ponen su patrimonio en el mercado.
