Pasado, presente y futuro del Urbanismo en Marbella

Por Rafael Salinas

Abogado urbanista

 

Madrid noviembre de 2015, el Tribunal Supremo anula el Plan General de Ordenación Urbana aprobado definitivamente en 2010 creando una situación muy compleja que alteró profundamente la actividad urbanística y edificatoria de Marbella dejando al Municipio sin una ordenación urbanística actualizada y conforme a la legislación vigente; principalmente, quedan miles de viviendas sin posibilidad de resolver la legalización hasta la aprobación de un nuevo Plan General y en el marco jurídico que se establezca conforme al Dictamen de los juristas contratados por el Ayuntamiento y los criterios de la Delegación Municipal de Ordenación del Territorio y Junta de Andalucía.

La nulidad activó el Plan General de 1986, un Plan adecuado y oportuno en su momento, redactado y tramitado en los primeros años de la democracia. Marbella a finales de los setenta y principios de los ochenta era una Ciudad diferente; en este sentido, el Plan se redactó con criterios estructurales y de ordenación urbanística equilibrados, respetuoso con el medio ambiente y valores culturales, limitado en su crecimiento poblacional y con una importante planificación de equipamientos e infraestructuras; un Planeamiento que Programaba un Modelo de Crecimiento coherente con la realidad existente y con los planteamientos de administraciones y administrados, lejos de lo desarrollado posteriormente.

El PGOU de 2010, aunque muy criticado por los distintos sectores afectados, era un Plan que determinaba un sistema de legalización de las numerosas autorizaciones administrativas que habían sido permitidas por el Ayuntamiento; múltiples construcciones y edificaciones no ajustadas a derecho, ilegales. Asimismo, ordenaba el futuro desarrollo con moderación y con el fin de dotar al Municipio de servicios y espacios públicos. Un Plan complejo y de difícil gestión pero que documentaba y regulaba un marco de soluciones a una Ciudad con un impresionante caos jurídico-urbanístico y administrativo.

En todo caso, Marbella, pese a los crecimientos desequilibrados del pasado, contaba y cuenta con un territorio excepcional y único, una referencia nacional e internacional del turismo, un Municipio de residencia permanente potente y atractivo por contar con un alto nivel estructural con importantes conjuntos edificatorios, hoteles y establecimientos de primer orden y relevantes espacios naturales.

Ante esta situación el Ayuntamiento, de forma correcta y positiva, ha actuado poniendo en marcha los mecanismos que la legislación determina con el fin de contar con un Plan General Adaptado a la Ley del Suelo de Andalucía, Refundido, con Normas Urbanísticas actualizadas y Ordenando la Redacción del Nuevo PGOU.

 

Actuaciones municipales

 

  1. Se ha tramitado la ADAPTACIÓN del Plan General de 1986 a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, LOUA, aprobándose definitivamente en el Pleno Municipal con el visto bueno de la Junta de Andalucía; aprobación que hace viable la tramitación y aprobación de Innovaciones- Modificaciones del Plan General vigente.

La Adaptación, como normalización urbanística, es fundamental con el fin de contar con un texto conforme a los contenidos de la legislación aplicable en Andalucía, generando seguridad jurídica.

Éste procedimiento no tiene competencias modificatorias; su objetivo y sentido es adaptar las distintas normas a los contenidos de la legislación del suelo andaluza en sus contenidos.

  1. Un trabajo fundamental del Ayuntamiento ha sido la elaboración y aprobación del TEXTO REFUNDIDO del PLAN GENERAL con el fin contar con un documento claro partiendo de que éste Plan sufrió un procedimiento y una tramitación inacabada , un Plan que no aplicaron salvo excepciones.

El Texto Refundido se ha tramitado y aprobado con el fin de ordenar la documentación y poder aplicarse con claridad. Ha sido necesario un importante trabajo por parte del Ayuntamiento en coordinación con la Junta de Andalucía de recopilación de documentación, comprobación de datos, ordenación de textos y en general una tarea minuciosa con innumerables dificultades, unido a considerase por todos que nunca se aplicaría.

El Texto Refundido, como dice la palabra refunde, pero no tiene la capacidad de innovarlo modificando sus contenidos.

El Texto documenta lo siguiente:

  • Documentación Aprobada Provisionalmente por acuerdo del Pleno Municipal y Definitivamente, en 1986, por el Consejero de Política Territorial de la Junta de Andalucía.
  • Contenidos de los Recursos de Reposición presentados contra la Resolución de Aprobación Definitiva que fueron estimados.
  • Documento del Expediente de Cumplimiento de la Resolución de Aprobación Definitiva, aprobado por Resolución del Consejero de Obras Públicas de la Junta de Andalucía.
  • Modificaciones Puntuales del PGOU.
  1. Aprobación de la MODIFICACIÓN de las NORMAS URBANÍSTICAS con el fin de actualizarlas y adaptarlas a criterios más actuales para la redacción de proyectos y determinaciones constructivas contemporáneas.

El Documento tramitado modifica contenidos fundamentales para la regulación de los proyectos y actuaciones edificatorias:

  • Actos de Intervención en la Actividad de los particulares. Licencias de Parcelación y Apertura.
  • Normas Generales de Protección de Arbolado y Espacios Verdes. Regulación de los Sistemas de Áreas Libres. Condiciones de Uso de los Sistemas de Áreas Libres.
  • Normas de Urbanización y Alineaciones.
  • Normas Reguladoras de la Edificación y Usos.
  • Determinaciones sobre las Infraestructuras Básicas y Espacios Viarios.
  • Normas de los Suelos Urbanos y Urbanizables.
  1. Con el fin de dar los primeros pasos en la redacción del nuevo Plan General el Gobierno Municipal ha aprobado los CRITERIOS y OBJETIVOS GENERALES fijando la posición oficial al futuro Equipo Redactor, las bases fundamentales del futuro Planeamiento; asimismo, es muy importante el Dictamen realizado por el Equipo de Expertos, Juristas contratado para analizar las consecuencias jurídicas de la anulación del PGOU de 2010, la elaboración de un diagnóstico sobre la situación jurídico- administrativa y urbanística de la Ciudad y la formulación de propuestas y soluciones para la ordenación del futuro Plan General.

En esta fase previa a la redacción, unido a lo anterior, la Alcaldesa ha manifestado que el Plan General se redactará conforme al Modelo de Ciudad planteado en el Plan Estratégico conforme a cinco ejes:

  • Sostenibilidad Ambiental, Económica y Social.
  • Articulación Urbana.
  • Cualificación Turística.
  • Innovación.
  1. El Equipo de Catedráticos ha procedido a la entrega de las Bases de los PLIEGOS para la Licitación de la redacción del futuro Plan General con el objetivo del Gobierno Municipal de formalizar la contratación del Equipo Redactor en los próximos meses. El Gobierno trabaja con el objetivo de que el futuro Equipo empiece con los trabajos de redacción en coordinación con los departamentos municipales a principios de 2019.

 

Conclusión

 

En conclusión, la difícil situación del planeamiento urbanístico de Marbella está en vía de solución con el establecimiento de un nuevo orden tras la nulidad fallada por el Tribunal Supremo iniciándose el procedimiento para la elaboración del futuro Plan General tomando como base y directrices las líneas y criterios aprobados por el gobierno municipal y el citado dictamen de los juristas, destacándose los criterios que den solución a la legalización de las viviendas ilegales y la redacción de las bases de licitación del futuro equipo redactor del PGOU.

Como pasos previos y con el fin de contar con un plan aplicable se ha redactado y tramitado la Adaptación del plan a la LOUA, el Texto Refundido y la Modificación de las Normas Urbanísticas.

Los resultados fundamentales de las medidas adoptadas por el Ayuntamiento son el establecimiento de un marco urbanístico actualizado, refundido y aplicable que permite tramitar Innovaciones-Modificaciones del PGOU de 1986 y hacer viable aprobar proyectos edificatorios con criterios actualizados. Asimismo, actualmente, se está trabando en las ordenanzas de las Obras Urbanización con el fin de agilizar requisitos y procedimientos, y de las Licencias de Obras para Actuaciones Comunicadas ampliando los contenidos edificatorios que pueden ser ejecutados bajo la responsabilidad de los técnicos redactores de los proyectos.

Marbella tiene la oportunidad de diseñar su futuro con el nuevo Plan General definiendo los espacios vacantes con proyectos económicos y edificatorios que completen la oferta residencial y turística, que perfeccione los déficit en servicios, dotaciones e infraestructuras y que planifique proyectos que den estabilidad económica con sectores no vinculadas al ladrillo. Es fundamental dar solución a los déficit en infraestructuras, principalmente, la conexión ferroviaria, redes de agua y saneamiento; programar viviendas para residentes de posible acceso al conjunto de los ciudadanos; determinar normas de conservación de las urbanizaciones; plantear soluciones a las playas y zonas de influencia.

 

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